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Con palabras de apertura a cargo de la ministra de la Suprema Corte de Justicia, Hilda Kogan, y la participación del procurador general, Julio Marcelo Conte-Grand, se desarrolló un encuentro con titulares de juzgados de familia y asesorías de menores de la provincia, en el salón Auditorio SCBA.

Finalización del periodo de compensación de causas y sorteo en igualdad de condiciones entre los juzgados de Familia de San Isidro.

Finalización del periodo de compensación de causas y sorteo en igualdad de condiciones entre los juzgados de Familia del Departamento Judicial Bahía Blanca.

La Suprema Corte de Justicia dispuso el traslado de los Juzgados de Familia Nº 4 y Nº 5 del Departamento Judicial La Plata a los inmuebles ubicados en calle 45 Nº 776 (entre 10 y 11) y calle 58 Nº 577 (entre 6 y 7), respectivamente.

Establecimiento de los trámites y su obligatoriedad de todos los procesos en el sistema "Augusta", a partir del 7 de abril de 2025, en los Juzgados de primera instancia en lo Civil y Comercial; del 21 de abril de 2025 en los Juzgados de Familia; y del 5 de mayo de 2025 en los Juzgados de Paz y las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial.

Puesta en funcionamiento del Juzgado de Familia Nº 6 de Avellaneda-Lanús, a partir del 17 de agosto de 2023, y de los Juzgados Nº 7 y Nº 8 de dicha departamental, a partir del 15 de septiembre del corriente año.

Asignación de funciones en los juzgados de Familia Nº 1 de La Matanza y Nº 1 de San Isidro con sede en Pilar.

Requerimiento de una norma que modifique la competencia territorial de los Juzgados de Familia del Departamento Judicial San Martín.

Puesta en funciones de los Juzgados de Familia Nº 10 y 11 del Departamento Judicial La Matanza, a partir del 18 de octubre de 2021.

La Suprema Corte de Justicia decidió que a partir del 30 de noviembre de 2020 comiencen a funcionar dos Juzgados de Familia, uno de ellos en el Departamento Judicial Necochea, y el otro en el Departamento Judicial Quilmes, con sede en Berazategui.

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia estableció precisiones respecto al alcance de las reglas dispuestas en los procesos en trámite ante los Juzgados de Familia y la Justicia de Paz en materia de familia.

La Suprema Corte de Justicia resolvió extender la utilización del sistema de toma de muestras de epitelio bucal para realizar análisis comparativos de ADN en los casos de filiación, extraídas con el dispositivo Whatman EasyCollect (hisopos), en una segunda etapa, a los Juzgados de Familia de los Departamentos Judiciales de Azul, Bahía Blanca, Necochea, Dolores y Mercedes, a partir del 3 de febrero de 2020.

La Suprema Corte de Justicia dispuso la creación de la Receptoría de Expedientes Especializada en Familia, dependiente de la Dirección General de Receptorías de Expedientes, Archivos, Mandamientos y Notificaciones a través de la Receptoría Departamental. La dependencia creada se ubicará en el mismo inmueble en que funcionan los Juzgados de Familia con sede en esa ciudad y su funcionamiento se hará efectivo el día 1º de diciembre de 2019.

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia resolvió establecer que en cada uno de los Juzgados de Paz existentes en la Provincia de Buenos Aires se organice y garantice la prestación mínima del servicio de justicia en los términos y alcances que establece la Resolución Nº 386/20. Disponer que para el caso de vacancia o dispensa de concurrir a los lugares de trabajo– otorgada por Resolución de Presidencia Nº 149/20, las que pudieran reemplazarla o modificarla - de los titulares de los Juzgados de Paz, en tanto no sea posible la cobertura a través del Acuerdo 3709; los asuntos de urgente despacho o que no por su naturaleza no admitan postergación, correspondientes a dichos Juzgados de Paz serán atendidos por los Juzgados de Familia, en lo Civil y Comercial, y Juzgados Correccionales en turno de acuerdo con la materia de que se trate, conforme el artículo 2 de la Resolución Nº 386/20.

La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso: 1) Recordar que sólo deberán asistir los agentes estrictamente indispensables, de acuerdo a la competencia o caudal de trabajo, para garantizar la prestación mínima del servicio de justicia en el acotado marco de urgencia dispuesto por Resolución SC Nº386/20. 2) Hacer saber que la colaboración necesaria mencionada en el artículo 2º de la Resolución SC Nº 386/20 implica también, para cada órgano jurisdiccional, resolver, en la medida de que las posibilidades lo permitan, los planteos que en el marco de sus expedientes pudieran surgir. 3) Hacer saber a las Cámaras Departamentales del Fuero Civil y Comercial que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 5º de la Resolución SC Nº386/20, la incorporación de juzgados de familia adicionales al turno deberá ser implementada razonablemente, con el objeto de no afectar los principios de prevención y preservación de la salud que dieron fundamento a su dictado, teniendo en cuenta también la problemática particular del fuero. Dicha decisión deberá ser comunicada a la Suprema Corte. 4) Disponer que, a los fines de la implementación de lo previsto en el artículo 7 de la Resolución SC Nº386/20, deberá comunicarse a la Presidencia del Tribunal la conformación de las guardias rotativas dispuestas por parte de los titulares de las Secretarías, Subsecretarías y dependencias de la Suprema Corte.