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La Suprema Corte de Justicia dispuso tener por iniciadas las actuaciones administrativas en el ámbito de superintendencia del Tribunal a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia C. 124.105 "Bianco", en relación a la creación de defensorías y asesorías tutelares que actúen ante los Juzgados de Paz de la provincia de Buenos Aires.
Establecimiento, a partir del 1º de junio de 2024 y con carácter excepcional y transitorio, del tratamiento y resolución de las cuestiones en materia de superintendencia por los votos concordantes de tres de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia.
Ya se encuentra disponible, en reemplazo del domicilio como individuo, el domicilio electrónico de organismo de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
Modificación de la normativa de superintendencia que establece el procedimiento y los requisitos que fijan la asignación de remuneración adicional a magistrados que subrogan órganos vacantes.
Actuaciones y oficios judiciales en formato digital con la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, a partir del 10 de mayo del corriente año.
Se recuerda que los magistrados que ejercen la Superintendencia de cada departamento judicial, tienen a su cargo garantizar la distribución, en todas las dependencias de su jurisdicción, de los elementos de protección personal detallados en el Protocolo para la Prevención y Seguimiento del COVID-19.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia, mediante Resolución SPL Nº 22/20, dispuso instruir a la Superintendencia de Justicia de Paz a fin de que periódicamente mantenga informada a la Presidencia del Tribunal acerca de las diversas actividades o servicios que en los distintos municipios de la provincia de Buenos Aires pudieran irse habilitando en el marco de la "segmentación geográfica" a la que refiere el art. 3º del Decreto PEN Nº 408/20, en tanto hayan de tener efectos o incidencia sobre el desarrollo del servicio de justicia prestado en el ámbito de tales partidos.
Asimismo, se aclara que la suspensión aludida en el artículo 5º in fine de la Resolución de la Suprema Corte Nº 480/20, se refiere únicamente a los plazos judiciales previstos como requisito temporal para el inicio de determinadas acciones regidas por las normas de derecho público local. Lo anterior, sin perjuicio de la deducción de la pertinente acción en caso de mediar urgencia.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia resolvió suspender los términos administrativos para las actividades que se desenvuelven en el ámbito de Superintendencia, sin perjuicio de la validez de los actos que se cumplan.
Además de su función jurisdiccional la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires cumple una intensa labor en el marco de sus funciones de gobierno y superintendencia del Poder Judicial provincial.
Con fecha 15 de julio de 2015, la Suprema Corte de Justicia dispuso la adecuación -entre otras normas de superintendencia- de las tablas de materias para el inicio de causas en los fueros Civil y Comercial, Familia y Régimen de Mediación, en razón de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial.
Con fecha 20 de mayo de 2015, la Suprema Corte de Justicia resolvió crear una Comisión con el objeto de revisar las normas de superintendencia dictadas por esta Suprema Corte, a los fines de determinar su correspondencia con el nuevo Código Civil y Comercial.
Con fecha 3 de abril de 2013, la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso asueto, en esa misma fecha, para el Departamento Judicial La Plata. En los restantes Departamentos, la autoridad de superintendencia tomará las decisiones que correspondan, conforme las circunstancias.
Con fecha 11 de marzo de 2013, la Suprema Corte de Justicia, en la causa "Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad de Ley 14442", resolvió, por mayoría, dejar establecido que, hasta tanto se resuelva, las competencias y facultades asignadas por la ley cuestionada deben ser ejercidas por el Procurador General en tanto cabeza del Ministerio Público y titular de la superintendencia sobre la totalidad de los demás miembros que lo integran.
Con fecha 23 de marzo de 2011, la Suprema Corte de Justicia resolvió aprobar el Digesto de la Administración de Justicia, integrado por las Acordadas y Resoluciones de superintendencia dictadas por la Suprema Corte y su Presidencia, de carácter general y reglamentario. Al respecto, dispuso que el Digesto como así también su Anexo Histórico y el listado de Convenios sean publicados en el sitio Web oficial.
Con fecha 15 de febrero de 2011, la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso cursar circular a las Cámaras de Apelación departamentales en ejercicio de la superintendencia, a los fines de que recuerden la vigencia de la Resolución de Presidencia Nº 737/01, por la cual se establece que con carácter previo a la instalación de aparatos eléctricos la previa aprobación de las delegaciones de la Dirección General de Arquitectura, Obras y Servicios. Asimismo decidió encomendar a dicha dependencia a que realice un relevamiento íntegro de las dependencias del Poder Judicial, a los fines de controlar la existencia de aparatos eléctricos que no cumplan con los recaudos previstos en la Resolución Nº 737/01.