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18-03-2026 | SEGURIDAD LABORAL
Procedimiento ante accidentes laborales o enfermedad profesional

En el marco de la Ley 24.577, los agentes, funcionarios y magistrados del Poder Judicial de la provincia de Buenos Aires (Administración de Justicia y Ministerio Público), cuentan con cobertura de la empresa aseguradora de riesgos del trabajo, Provincia ART S.A.. Ante accidentes laborales (en la dependencia de trabajo o in itinere) y/o enfermedad profesional.

Ante un siniestro, el asegurado o un tercero al tanto de la situación, debe realizar la denuncia dentro de las 48 horas de ocurrido el hecho, comunicándose con la empresa al 0800-333-1333. Allí recibirán el asesoramiento con respecto al prestador de salud al que debe concurrir la persona afectada y le proporcionarán un número de denuncia.

La persona que efectúe la denuncia deberá informar:
Descripción del siniestro (cómo ocurrió el accidente).
Nombre, apellido y DNI de la persona accidentada.
Datos del empleador/a (Razón Social y CUIT): 
Administración de Justicia: CUIT 30-70721665-0
Ministerio Público: CUIT 30-70721666-9

Por otra parte, se debe dar aviso al titular del organismo en el que cumple funciones el peticionante, quien debe solicitar la licencia a la Dirección General de Sanidad (DGS) o Delegación departamental, según corresponda.

La dependencia de Sanidad se comunicará con el agente a fin de finalizar el trámite de denuncia, que se gestiona a través del sitio web de la aseguradora.

Desde Provincia ART otorgarán al agente una serie de turnos para controlar la evolución.  Esos encuentros deben ser informados a la DGS o Delegación departamental, a fin de que los profesionales médicos del área convaliden las licencias que correspondan.

Del mismo modo, una vez obtenida el alta, deberá comunicarse a la DGS o Delegación departamental, con el fin de dar cierre al caso.

Ante dudas o consultas, comunicarse con el área ART (int. 55372) o con el área Médica de la DGS (int. 43617).