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02-06-2026 | SERVICIO
Gestión de documentación en los Juzgados de Paz

Mediante Resolución SC 1.369/26, la Suprema Corte de Justicia dispuso extender los alcances del artículo 4º de la Resolución SC 921/21 a los Juzgados de Paz estableciendo que los documentos originales registrados o protocolizados en soporte papel que existan, en el marco de las competencias certificatorias de dichos organismos no serán encuadernados, quedando a criterio de los magistrados, establecer el método más conveniente para su debido resguardo, debiendo informarlo a la Dirección de Justicia de Paz dentro de los 30 días de dictada la presente norma.

Asimismo, el Tribunal recordó que para las actividades de certificación o autenticación se deberán utilizar los sistemas de gestión judicial disponibles.




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