29-10-2026 | SERVICIO
Vigencia y operatividad de las audiencias virtuales
A través de la Resolución RP 1.503/26, la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso recordar la plena operatividad y vigencia de las pautas establecidas para la celebración de audiencias remotas en los fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo y de Paz.
La medida exhorta a los magistrados a su estricta observancia, con el propósito de asegurar una gestión eficiente y un uso racional de los recursos humanos y materiales del Poder Judicial.
La decisión reafirma lo previsto en la Resolución SC 129/22, la cual determina que la comparecencia de testigos, peritos o partes domiciliadas fuera de la jurisdicción donde radica el proceso debe ser coordinada y dirigida en forma virtual por el juez de la causa.
De acuerdo con la normativa, el auxilio de otro organismo judicial constituye una vía estrictamente excepcional, aplicable únicamente cuando los intervinientes carezcan de medios tecnológicos o ante motivos debidamente justificados para asegurar su conexión y validar su identidad.
Ver Resolucion 129-22.pdf 245 Kb.
Ver Resolucion 1503-26.pdf 147 Kb.
CASA DE JUSTICIA - Avenida 13 e/ 47 y 48 - 1er. Piso - Oficina 44, La Plata.
comunicacionymedios@scba.gov.ar
/
/@scbaoficial