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22-12-2008 | Acuerdos 3410/08 y 3414/08 - Organismos y magistrados para la atención de asuntos urgentes durante la Feria de Enero del 2009

Con fecha 17 de diciembre de 2008, a través de Acuerdo 3410/08, la Suprema Corte de Justicia designa los organismos y/o magistrados para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria del mes de enero de 2009. En la misma fecha, por medio del Acuerdo 3414/08, se modifica el artículo 8º del Acuerdo 3410.


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22-12-2008 | Acuerdo Nº 3411/08 - Turnos correspondientes al año 2009

Con fecha 17 de diciembre de 2008, la Suprema Corte de Justicia establece los turnos para el año 2009.


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22-12-2008 | Acuerdo Nº 3413/08 - Turno del Juzgado de Garantías de Azul con sede en Olavarría

Con fecha 17 de diciembre de 2008, la Suprema Corte de Justicia modifica el art. 6 del Acuerdo 3360, disponiendo que el Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Azul con sede en Olavarría se encuentre de turno desde el 18 al 31 de diciembre de 2008.


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22-12-2008 | C98377 - Contaminación ambiental - Responsabilidad por daños - Cómputo de la prescripción - Circunstancias especiales - Razonable posibilidad de estar informado

Con fecha 17 de septiembre de 2008, en los autos "Sagarduy, Alberto Omar contra Copetro S.A. Daños y perjuicios",la Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario inerpuesto por la demandada.


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22-12-2008 | Cám. Civil Sala II Azul. Homologación de Convenio.

Con fecha 4 de diciembre de 2008, la Sala II de la Cámara Civil y Com. de Azul resolvió que era válido, en el caso, el convenio de disolución de la sociedad conyugal celebrado por los esposos bastante tiempo anterior al de la promoción del proceso de divorcio por separación de hecho. Ello así porque el acuerdo patrimonial y el reconocimiento de los hechos que determinaron la posterior sentencia judicial de divorcio constituían un mismo e inescindinble acto del que sólo se difirió temporalmente su presentación judicial.


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22-12-2008 | Acuerdo 3412/08 - Transformación en Secretaría de la actual Subsecretaría de Administración de la Suprema Corte

Con fecha 17 de diciembre de 2008, la Suprema Corte resolvió transformar en Secretaría del Tribunal a la actual Subsecretaría de Administración, a la vez que dispuso agregar nuevas funciones a la referida dependencia.


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22-12-2008 | Cám. Civil Sala I de Lomas de Zamora. Intereses. Tasa.

Con fecha 16 de diciembre de 2008, la Cámara de Apelación Civil y Com. de Lomas de Zamora, Sala I, resolvió revocar la sentencia, y en consecuencia hacer lugar a la demanda instaurada fijando como pauta de intereses la tasa activa desde la fecha del evento y hasta el efectivo pago, modificándo así la jurisprudencia del Tribunal, en la materia.


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22-12-2008 | A68782 – Art. 74, ley 12.008 –texto según ley 13.325- Impugnación de actos de colegios o consejos profesionales – Control judicial suficiente.

Con fecha 22 de diciembre de 2008, la Suprema Corte, por mayoría, en la causa "Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires c/ M.H.M. s/ Acción disciplinaria", resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires, contra la sentencia dictada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 74 de la ley 12.008 -texto según ley 13.325-. Luego de analizar pormenorizadamente las cuestiones implicadas (alcance del principio de división de poderes, posibilidad de declaración de oficio de la inconstitucionalidad de normas, alcance de la revisión judicial de actos sancionatorios dictados por autoridades públicas no estatales, derecho de defensa en juicio), la mayoría del Tribunal confirmó la sentencia recurrida por considerar, básicamente, que el sistema instaurado por la norma en cuestión no garantiza, a la luz de las disposiciones de rango constitucional, un control judicial suficiente y adecuado, con posibilidad amplia de prueba y debate sobre los hechos y el derecho aplicable.


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23-12-2008 | Cám. Civil y Com. Sala I de Mar del Plata. INTERDICTO DE RECOBRAR-PROCEDENCIA.

Con fecha 18 de diciembre de 2008, la Sala I de la Cám. Civil y Com. de Mar del Plata resolvió revocar la resolución de la instancia de origen dictada por el a quo y rechazar el presente interdicto de recobrar, con costas de ambas instancias a la actora vencida (arts. 68 y 274 del C.P.C.)


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23-12-2008 | Res. Corte Nº 3889/08 Reglamento del Registro de Procesos del Niño (RPN)

Con fecha 22 de diciembre de 2008, la Suprema Corte de Justicia aprueba el Reglamento del Registro de Procesos del Niño (RPN) que se anexa a la presente.


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23-12-2008 | Res. Pte. 10-08 - Ac. 3362 (Area de Estadística de Administración de Justicia) - Inventario de Causas - Procedimiento.

Con fecha 19 de diciembre de 2008, a través de Resolución de Presidencia 10/08, se resolvió requerir el inventario de causas que realiza anualmente la Secretaría de Planificación a todos los órganos de primera instancia o instancia única, a las Cámaras de Apelación de todos los fueros y al Tribunal de Casación Penal. El decisorio se completa con los anexos Instructivo y Planillas Web


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23-12-2008 | Riesgos del trabajo. Enfermedades profesionales. Enfermedades del trabajo. Inconstitucionalidad del art. 6, ap. 2, ley 24.557.

Con fecha 17 de diciembre de 2008, la Suprema Corte de Justicia, en la causa `Buttice, C. A. contra Du Pont Argentina SA s/ Daños y perjuicios´, declaró, por mayoría, la inconstitucionalidad del art. 6, ap. 2, de la ley 24.557 (texto original), enfatizando que la definición expuesta en dicha norma, concerniente a que "las enfermedades no incluidas en el listado, así como sus consecuencias, no serán consideradas resarcibles", pone en evidencia la ruptura del sistema legal ordenado por el legislador con la Constitución nacional. En ese orden, reconocida la obligación a cargo de la ART por el otorgamiento de todas las prestaciones de la ley especial, aun cuando la enfermedad provocada por el trabajo no esté incluida en el listado, la Suprema Corte advierte que dicha circunstancia no excluye la posibilidad de reclamar al empleador la porción del daño no reparado por el régimen especial, debiéndose abordar -en tal caso- el control de constitucionalidad del art. 39 de la misma ley.


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23-12-2008 | C.79549 – Accidente ocurrido con ocasión del paso de animales en ruta concesionada - Responsabilidad del prestador – Criterio de la CSJN en el caso "Bianchi".

La Suprema Corte, con fecha 22 de diciembre de 2008, en la causa "Castro, Luis y otra contra Camino del Atlántico. Daños y perjuicios", de conformidad con lo dictaminado por el Subprocurador General, decidió rechazar el recurso extraordinario de nulidad interpuesto. Con relación al de inaplicabilidad de ley, por mayoría, se hizo lugar parcialmente al mismo. En consecuencia, se confirmó el fallo atacado en cuanto consideró que la concesionaria vial debe responder por los perjuicios ocasionados al accionante y se lo revoca en lo relativo al grado de responsabilidad de los participantes, manteniéndose en este aspecto lo decidido en primera instancia.


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30-12-2008 | C.89562 – Pesificación.

La Suprema Corte, con fecha 29 de diciembre de 2008, en la causa "Quiroga, Julio Ismael y otro contra Arias, Mario Osvaldo y otro. Ejecución hipotecaria", resolvió, por mayoría de fundamentos, revocar la sentencia impugnada debiéndose convertir a pesos el capital reclamado en moneda extranjera a razón de un peso por dólar estadounidense, más el 50% de la brecha existente entre un peso y la cotización de la mencionada divisa extranjera en el mercado libre de cambio –tipo vendedor- del día que corresponda efectuar el pago, salvo que la utilización del coeficiente de actualización, previsto en las normas de emergencia económica, arroje un resultado superior, con más una tasa de interés del 7,5% anual, no capitalizable entre moratorios y punitorios desde la fecha en que se produjo la mora y hasta la del efectivo pago.


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30-12-2008 | C93176 – Pesificación.

La Suprema Corte, con fecha 29 de diciembre de 2008, en la causa "International Trade Logistic S.A. contra Tevycom Fapeco S.A. Incidente de revisión en autos: Tevycom Fapeco S.A. s/concurso preventivo", resolvió, por mayoría de fundamentos, revocar el fallo recurrido, y dispuso convertir a pesos el capital en moneda extranjera que se intenta verificar en los presentes, a razón de un peso por dólar estadounidense, más el 50% de la brecha existente entre un peso y la cotización de la mencionada divisa extranjera en el mercado libre de cambio –tipo vendedor- del día que corresponda efectuar el pago, salvo que la utilización del coeficiente de actualización, previsto en las normas de emergencia económica, arroje un resultado superior; con más una tasa de interés del 7,5% anual, no capitalizable entre moratorios y punitorios desde la fecha en que se produjo la mora y hasta la fecha de apertura del concurso (art. 19, ley 24.522).


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