Sentencias de la Suprema Corte de Justicia
La Suprema Corte de Justicia, en la causa A. 76.668 "Mutual de Ayuda entre Ferroviarios Activos y Jubilados pertenecientes a la Fraternidad Seccional Pergamino F.C. Mitre c/ Fiscalía de Estado- Provincia de Buenos Aires. s/ Pretensión Declarativa de Certeza. Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley" resolvió declarar la invalidez del art. 182 del Código Fiscal en cuanto prevé como alcanzadas por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las actividades desarrolladas sin perseguir un fin de lucro —meramente onerosas— por resultar incompatible con las normas de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos (23.548) tendientes a la armonización de los tributos locales que se encuentran excluidos del régimen de recaudación y distribución allí establecido. En ese sentido estableció que, de acuerdo a las disposiciones de la Ley Orgánica para las Asociaciones Mutuales (20.321), las organizaciones de esa clase no pueden realizar actividades lucrativas y precisó que, en consecuencia, el ofrecimiento de ayuda económica a los asociados llevado a cabo por la actora no puede ser alcanzado por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa C. 126.032, "R. S. G. contra R. H. F. Protección contra la Violencia Familiar", de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, resolvió hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y, en consecuencia, dejar sin efecto la sentencia impugnada, exhortando al cumplimiento de las indicaciones efectuadas en el apartado V.2. del voto que abre el acuerdo referidas a la realización de cursos de capacitación de todo el personal de los órganos judiciales intervinientes, en materia de aplicación de la legislación destinada a la prevención, sanción y eliminación de la violencia contra la mujer, en especial la temática que aborde las características de la violencia de género, tales como el ciclo de violencia y cómo impacta en las subjetividades, con carácter obligatorio y permanente; como así también en torno a la perspectiva de niñez, en especial la problemática vinculada a la protección de niños, niñas y adolescentes frente a la violencia familiar.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en la causa L. 140.207, "Vallone, Genaro contra Provincia ART SA. Materia a categorizar", resolvió intimar a su letrada apoderada a acompañar copias de los precedentes jurisprudenciales citados o brindar información que permitiera acceder a ellos, al no haber sido hallados en los registros del Tribunal. Ello, bajo apercibimiento de adoptar las medidas correspondientes e informar, en su caso, al Colegio de Abogados departamental.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la causa L. 139.017, "Bres Sandra Andrea contra Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Recurso contra decisión de Comisión Médica Jurisdiccional. Ley 14.997", resolvió hacer lugar a la queja deducida por la parte demandada. Para así decidir, señaló que la competencia de los tribunales de trabajo concluye en la primera oportunidad en que formulen el juicio de admisibilidad sobre el remedio extraordinario deducido, por lo que, una vez dictada la resolución que lo deniega, como en el caso, carecen de atribuciones para revisarla o modificarla mediante revocatoria. En consecuencia, dejó sin efecto la denegatoria cuestionada.
La Suprema Corte de Justicia, en la causa L.132.895 "F., D.D. y otros contra Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Enfermedad profesional", resolvió hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora demandada. Por un lado, declaró la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia 669/19 con sustento en lo declarado en sus propios precedentes. De otro costado, dejó sin efecto la sanción prevista en el art. 275 de la Ley de Contrato de Trabajo porque consideró que el pronunciamiento de grado se encontraba cimentado sobre un razonamiento viciado por el absurdo y que las motivaciones de esa parcela de la decisión se hallaban desprovistas de fundamento idóneo, lo que condujo a revocar, además de la decisión vinculada a dicho reglamento, la condena fundada en la conducta temeraria y maliciosa atribuida a la aseguradora.