Banco de Datos Genéticos - Preguntas frecuentes
1) ¿En qué casos resulta de utilidad el uso de las bases de datos de interés criminal?
Las bases de datos de perfiles genéticos resultan de utilidad para identificar vestigios biológicos (por comparación con los perfiles de individuos) o para agrupar causas vinculadas al mismo autor (por comparación de los perfiles correspondientes a vestigios vinculados a causas diferentes). La efectividad se centra en la resolución de crímenes seriales, donde la reincidencia marca la posibilidad de identificación.
2) ¿Qué perfiles se incorporan al Banco?
Al Banco se incorporan los perfiles genéticos no identificados obtenidos en el marco de una investigación de delito contra la integridad sexual, de los que se asume corresponden al autor del hecho (perfiles incriminatorios no identificados). Y los perfiles correspondientes a imputados o condenados en causas de delito contra la integridad sexual.
3) ¿Qué diferencia hay entre un perfil genético incriminatorio y un perfil de eliminación?
Un perfil genético incriminatorio es aquel del que se asume corresponde al autor del hecho. Son los que se ingresan en la Base de Datos con el objetivo de identificación. Los perfiles de eliminación se usan para descartar los perfiles detectados en las evidencias que no corresponden al autor del hecho. En un caso de violación, dependiendo del caso, podría ser el perfil de un individuo que tuvo relaciones sexuales consentidas antes o después de ocurrido el hecho. En los casos de perfiles mezcla, el perfil de la víctima se usa como perfil de eliminación para identificar las variantes que corresponden al autor del hecho.
4) ¿Cómo se almacenan los perfiles en el Banco?
Los perfiles genéticos se almacenan en categorías (imputados- condenados- vestigios de un único contribuyente- vestigio de mezclas con dos contribuyentes). Los perfiles ingresan en forma anónima al banco, identificados por un código de ingreso. Estos códigos de ingreso permiten asegurar la trazabilidad del origen del perfil. De este modo, el laboratorio que subió el perfil puede identificar la causa en la que dicho perfil fue obtenido.
5) ¿Se incluyen en el Banco los perfiles de las víctimas?
Los perfiles de las víctimas ingresan solamente asociados al perfil incriminatorio obtenido en el marco de la causa, cuando el perfil de la víctima aparece mezclado con el perfil incriminatorio. Se usa para marcar las variantes que corresponderían al autor del hecho, pero no participan en las búsquedas
6) ¿En qué momento se comparan los perfiles genéticos?
Al ingresar a la base de datos el perfil correspondiente a una evidencia incriminatoria se lo compara con todos los perfiles almacenados en dicha base de datos. Una vez ingresado queda disponible para ser cotejado con cada muestra nueva que ingresa.
7) ¿Quién es el responsable de notificar a la instrucción la coincidencia de perfiles?
El laboratorio de origen es la única entidad que tiene acceso a los datos de la causa vinculados al perfil ingresado. Por lo tanto, es el responsable de la decodificación del perfil. El laboratorio es el nexo con la instrucción y por esta razón todas las notificaciones que surjan del ingreso y la incorporación a la base de datos, son responsabilidad del laboratorio. La fiscalía a cargo de la investigación envía los vestigios biológicos al laboratorio forense de ADN para su análisis y genotipado; por lo tanto, la fiscalía que presenta la solicitud se convierte en el punto de contacto del laboratorio para la notificación, en el caso que se produzca un hallazgo de coincidencia con un individuo o con perfiles incriminatorios vinculados a otras causas.
8) ¿Qué pasa si no se registran coincidencias?
Si en la comparación de ingreso no se registran coincidencias con ninguno de los perfiles almacenados en la base de datos, se notifica al responsable el ingreso del perfil y el mismo queda disponible en la base de datos para ser comparado con los perfiles ingresantes.
Como resultado de las comparaciones se pueden registrar dos tipos de coincidencias. En primer lugar, se puede producir un impacto identificatorio positivo con el perfil de un individuo. En este caso, el laboratorio que subió el perfil del rastro y el Laboratorio de Referencias del Banco deben confirmar el hallazgo siguiendo los protocolos de rigor, que incluyen una nueva toma de muestra al individuo para confirmar su identidad. También el perfil del rastro ingresante puede coincidir con uno o más perfiles asociados a diferentes investigaciones no resueltas. Los laboratorios involucrados en la coincidencia intercambian información para verificar la misma y establecer la coordinación con las fiscalías a cargo de los casos en el marco de los cuales se obtuvieron los perfiles involucrados en la/s coincidencia/s.
No, no es necesario porque el método no es invasivo y la muestra la toma el mismo donante. El supervisor controla y supervisa el acto sin que exista contacto con el donante.
11) ¿En qué consiste el kit para la toma de muestra en sede judicial?
El Kit para la toma de muestra contiene todo lo necesario para que el propio donante realice la auto toma de muestra y para que el funcionario supervisor deje constancia de lo actuado. Posee los siguientes elementos que a su vez se incluyen en el sobre de retorno al banco.
a) Formulario de toma de muestra con una etiqueta que permite la impresión del dígito pulgar de forma sencilla y directa.
b) Dispositivo para la auto toma de muestra.
c) Documento de Cadena de Custodia.
A ello se debe adjuntar el oficio con la orden de obtención del perfil y su ingreso al Banco de Datos de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y al Registro Nacional de Datos Genéticos (si corresponde).