26-04-2026 | REGULACIÓN
Pautas de aplicación de la Ley de Ejecución Penal Juvenil
La Suprema Corte de Justicia (SCBA) estableció, mediante Resolución SC 924/26, las condiciones de aplicabilidad actual del régimen que resulta de los artículos 45 a 55 inclusive de la Ley 15.571 de Ejecución Penal Juvenil de la provincia de Buenos Aires.
En la decisión se dispone que, hasta tanto se creen los Juzgados de Ejecución del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, continuarán siendo competentes en materia de ejecución penal los órganos judiciales que hayan impuesto la medida, conforme art. 30 de la Ley 13.634.
Se añade que Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal, que solo tengan una Sala, mantendrán los mecanismos actuales para la asignación de causas en el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil.
Se indica que el resto de las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal y el Tribunal de Casación Penal, definirán por sorteo la Sala que, en forma rotativa anual con las demás, asumirá a partir del 1 de junio de 2026 la materia penal juvenil.
Las citadas Salas, se agrega, entenderán en las causas del fuero por períodos anuales, contados a partir del primero de junio del corriente año. Antes de dicha fecha, cada Cámara y el Tribunal de Casación Penal determinarán por sorteo, cuál es la Sala que comenzará con dicha secuencia, cuáles continuarán y lo comunicarán a la SCBA.
Se prevé que la asignación de causas a las Salas especializadas en el fuero minoril, no obsta a que continúen siendo competentes en las restantes del fuero Penal. A tales efectos, corresponde requerir a la Secretaría de Planificación el análisis de las posibles adecuaciones normativas, a fin de instrumentar mecanismos para la asignación y registración de las causas en las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal y en el Tribunal de Casación Penal.
Se encomienda al Instituto de Estudios Judiciales que analice la conveniencia de generar un ciclo de capacitaciones para los magistrados y funcionarios respecto del contenido de las nuevas leyes.
Finalmente la resolución contempla comunicar a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, que evalúen la posibilidad de volver a analizar la normativa teniendo cuenta la imposibilidad concreta de aplicación de la ley en el contexto actual.
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