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Con la presencia de la ministra Hilda Kogan quedó abierta en la departamental Zárate-Campana la muestra itinerante "Las mujeres en las fuentes judiciales de la Provincia de Buenos Aires: seguir sus huellas a través de documentos históricos".
La Ministra Hilda Kogan participó en los tribunales de Quilmes de la muestra "Las mujeres en las fuentes judiciales de la Provincia de Buenos Aires: seguir sus huellas a través de documentos históricos".
El lunes 22 de mayo se dejó inaugurada en los tribunales de San Isidro la muestra que recorrerá las distintas departamentales: "Las mujeres en las fuentes judiciales de la Provincia de Buenos Aires: seguir sus huellas a través de documentos históricos".
El martes 18 de abril se inauguró la muestra itinerante: "Las mujeres en las fuentes judiciales de la Provincia de Buenos Aires: seguir sus huellas a través de documentos históricos". El acto de apertura estuvo encabezado por la Presidenta de la Suprema Corte de Justicia, Hilda Kogan, en la Biblioteca Central del Poder Judicial, en Avenida 13 entre 47 y 48, primer piso (La Plata).
A partir del 28 de noviembre se inician las actividades de capacitación para magistrados y funcionarios del Fuero Penal sobre toma de muestras de material biológico de imputados y procesados por delitos contra la integridad sexual.
En la sede de la Biblioteca Central del Palacio de Tribunales de La Plata se encuentra abierta al público la muestra con las fotos ganadoras y con menciones especiales del concurso provincial "Instante", en el que participaron jóvenes de centros y hogares bajo la órbita del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia (OPNA).
Pautas para efectivizar la toma de muestras de material biológico destinadas a la obtención de los perfiles genéticos de personas imputadas y/o procesadas por delitos contra la integridad sexual.
La Suprema Corte de Justicia y el Ministerio de Justicia de la Provincia firmaron un convenio a fin de efectivizar la obtención de muestras de material biológico para su incorporación al Banco de Datos Genéticos.
Implementación de nuevas etapas en el uso del sistema de toma de muestras de epitelio bucal para la realización de análisis comparativos de ADN en casos de filiación.
La Suprema Corte de Justicia, en coordinación con la Procuración General, aprobó el "Protocolo para la toma de muestra, la obtención del perfil genético y su incorporación al Banco de Datos Provincial y al Registro Nacional de Datos Genéticos en investigaciones relativas a delitos contra la integridad sexual".
La Suprema Corte de Justicia resolvió extender la utilización del sistema de toma de muestras de epitelio bucal para realizar análisis comparativos de ADN en los casos de filiación, extraídas con el dispositivo Whatman EasyCollect (hisopos), en una segunda etapa, a los Juzgados de Familia de los Departamentos Judiciales de Azul, Bahía Blanca, Necochea, Dolores y Mercedes, a partir del 3 de febrero de 2020.
La Suprema Corte de Justicia resolvió aprobar la realización de una prueba piloto en el ámbito de los Juzgados de Familia Nºs 2 y 3 del Departamento Judicial de Quilmes, en lo que respecta a la utilización del sistema de toma de muestras de epitelio bucal para realizar análisis comparativos de ADN en los casos de filiación, extraídas con el dispositivo Whatman EasiCollect (hisopos), a partir del 15 de mayo de 2017.
La Suprema Corte de Justicia resolvió aprobar la utilización del sistema de toma de muestras de epitelio bucal para realizar análisis comparativos de ADN en los casos de filiación, extraídas con el dispositivo Whatman EasyCollect (hisopos), el que -en una primera etapa- se hará extensivo a los Juzgados de Familia de los Departamentos Judiciales de Quilmes, La Plata, Trenque Lauquen, San Isidro y Mar del Plata, a partir del día 1º de mayo de 2018.
Sin perjuicio de declarar la insuficiencia del recurso de inaplicabilidad de ley deducido por la demandada contra la sentencia que rechazó su pretensión de juzgar configurada la hipótesis extintiva prevista por el art. 247, LCT., la Suprema Corte señaló que la existencia de una crisis en la industria -según se invocó en el caso, respecto de la situación ocurrida entre los años 2001 y 2002- aunque sea pública y notoria, resulta insuficiente a los fines de justificar el despido por falta o disminución de trabajo si no se demuestra también que el principal es ajeno a las causas del desajuste económico sucedido, pues allí es donde debe encontrarse la inimputabilidad a que se refiere aquella norma (art. 247 cit.). En ese orden, reiteró el Tribunal que es necesario que el empleador aporte a la causa datos convincentes que demuestren la concreta repercusión de la crisis general en el seno de la empresa, que adoptó oportunamente medidas tendientes a evitar el desequilibrio al que lo llevó dicha situación y asimismo, su "ajenidad" con relación a las circunstancias que la han determinado.